Avala Suprema Corte uso lúdico de la marihuana en México

Para tener derecho al uso lúdico de la marihuana, será necesario obtener un permiso de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

Por: Redacción | Foto: Archivo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló, con 8 votos a favor y 3 en contra, el uso lúdico de la cannabis y el THC, que en conjunto se conocen como marihuana.

Esto, al declarar como inconstitucionales, las prohibiciones establecidas en cinco artículos de la Ley General de Salud para el uso recreativo de la planta.

Los fragmentos en cuestión son el último párrafo del artículo 235, el 237, la fracción I del 245, el último párrafo del 247 y el 248 de la ley referida.

Arturo Zaldívar, Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez, Alfredo Gutiérre, Juan Luis González Alcántara, Fernando Franco y Luis María Aguilar fueron quienes votaron a favor de suprimir las prohibiciones.

Mientras tanto, Alberto Pérez Dayan, Jorge Mario Pardo y Yasmín Esquivel Mossa se pronunciaron en contra de esto, al considerar que podría generarse un problema sistémico que derivaría en que los particulares con permiso para el consumo lúdico, incurran en delitos.

Al respecto, Arturo Zaldívar, ministro presidente de la Suprema Corte, consideró que con la determinación “se consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad… y se confirma que los instrumentos que la Constitución tiene par la defensa de los derechos, son efectivos”.

Esta decisión se toma casi dos meses después que venció por tercera vez el plazo impuesto por la Corte para que el Congreso de la Unión regulara el uso lúdico de la marihuana, tema sobre el que nunca hubo consensos ni acuerdos entre los legisladores.

Con la determinación tomada este 28 de junio por los ministros de la Corte, se insta a la Secretaría de Salud a emitir, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), autorizaciones para que adultos puedan sembrar, cosechar, transportar y consumir marihuana.

Asimismo, Cofepris deberá redactar los lineamientos para la adquisición de semillas y precisar que el consumo de esta planta no debe afectar a terceros ni hacerse en lugares públicos donde no exista una autorización del resto de las personas.

Los consumidores tampoco deberán conducir ni operar maquinaria, o desarrollar cualquier tipo de actividad que ponga en riesgo a terceros; además que ahora, los legisladores deben establecer la forma de emitir los permisos, las cantidades que se pueden utilizar y los espacios de consumo, de modo que se genere un mercado legal de cannabis.

Destaca que pese a la aprobación en la Corte, el Código Penal sigue vigente y por tanto, el narcomenudeo permanece como un delito perseguido por la justicia; además que los colectivos a favor del uso lúdico de la marihuana aún tienen demandas como el libre cultivo de la planta y la posesión ilimitada de la misma cuando no haya ánimo de lucro, así como la creación de espacios de convivencia para fumadores.

Redacción

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