SAT invita a presentar declaración anual

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) invitó a las personas físicas a estar preparadas para cumplir con la presentación de su declaración anual de impuestos y, en su caso, obtener de manera fácil y sencilla la devolución de saldo a favor.
El organismo informa que las personas físicas, quienes tienen como fecha límite hasta el 30 de abril para cumplir con esta obligación, deben tener a la mano la clave del Registro Federal de Contribuyentes y contraseña, y en caso de no recordarla pueden acudir a una oficina del SAT.

Asimismo, las facturas de sus deducciones personales, y si no las tienen pueden obtenerlas directamente en el portal del SAT, señala el organismo recaudador en un comunicado.

De igual forma, el contribuyente debe tener su e.firma (antes Fiel) si considera que su saldo a favor será superior a los 10 mil pesos, y de no contar con ella o ya se venció, se puede acudir a una oficina del SAT, y si sólo se necesita renovarla, se puede hacer el trámite por Internet.

El SAT apunta que también se debe contar con su Clave bancaria estandarizada (Clabe), para que, en su caso, el organismo deposite el saldo a favor.

Las personas físicas pueden deducir gastos médicos, incluso los de su pareja y familiares en línea recta, siempre que hayan sido pagados con transferencia electrónica, así como colegiaturas, transporte escolar obligatorio y gastos de funerales.

Otras deducciones son donativos a instituciones autorizadas, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación, aportaciones complementarias de retiro e impuestos locales por salarios.

El tope del monto total de las deducciones (excepto donativos) es el que resulte menor a cuatro salarios mínimos generales anuales o 10 por ciento total de los ingresos, incluidos los exentos.

Para los asalariados, el SAT ofrecerá una propuesta de declaración prellenada para que, si están de acuerdo, sólo corroboren sus datos y verifiquen su Clabe interbancaria para que puedan recibir su saldo a favor en cinco días.

Precisa que pueden realizar su declaración anual todas las personas físicas, incluido los asalariados sin importar el monto de sus ingresos, en tanto que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) no están obligados a presentar esta declaración.

Para mayores informes, los interesados pueden visitar el portal sat.gob.mx, o en redes sociales: SAT México en Facebook, y SATMX en twitter, o bien, llamar a MarcaSAT, 6272-2728.

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