Congreso tipificará la «violencia digital» en Puebla
Permitirá sancionar a quienes, a través de la difusión de imágenes con contenido sexual, denigren a una persona sin su consentimiento..
Por: Evangelina Rosales/Foto: Agencia Enfoque
La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y, la de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local, aprobaron reconocer en la Ley la violencia digital, a fin de evitar que se exhiba la intimidad de alguna persona.
Esta modificación para agregar el artículo 23 Bis Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, permitirá sancionar a quienes, a través de la difusión de imágenes con contenido sexual, denigren a una persona sin su consentimiento.
Contempla el acoso, hostigamiento, amenazas, intimidación, exhibición, insultos, vulneración de datos, mensajes de odio o divulgación de información, textos y publicación de fotografías, videos, impresiones gráficas o sonoras, verdaderos, falsos o alterados, de contenido violento, erótico o sexual.
Será violencia digital de difundirse este contenido a través de las tecnologías de la información y la comunicación, plataformas de internet, redes sociales, aplicaciones, servicios de mensajes instantánea, correo electrónico o cualquier otro espacio digital.
Las sanciones serán las que se encuentran previstas dentro del Código Penal a criterio del juez encargado de deliberar sobre las denuncias que existan relacionadas con este tipo de violencia, que deberá aprobarse por el Pleno del Legislativo.