Así operará la nueva Pensión para Adultos Mayores

La Secretaría del Bienestar incluyó a 212 municipios poblanos en la lista de demarcaciones “indígenas”, indican las reglas de la nueva Pensión para Adultos Mayores.

Por: Guillermo Castillo
Foto: Archivo

El gobierno federal oficializó las reglas de operación del Programa de Bienestar para Adultos Mayores, donde incorporó a 212 municipios poblanos en el listado de “zonas indígenas” para que sus beneficiarios puedan inscribirse a partir de los 65 años de edad.

De acuerdo con el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se trata de demarcaciones con índices medios, altos y muy altos de rezago social.

En la lista se encuentran lugares como Ajalpan, Zacatlán,  Amixtlán, Cuetzalan, Chichiquila, Eloxochitlán, Naupan, Olintla, Taola, San Gabriel Chilac, Zacapoaxtla, Vicente Guerrero, San Sebastián Tlacotepec y Zoquitlán.

También Tepetzintla, Tepango de Rodríguez, Teopantlán, Olintla, Ixtepec, Huitzilan de Serdán, Ixtepec, Coatepec, Coxcatlán, Coyomeapan, Chichiquila, Atempan, Jopala, Pahuatlpan, Hueytlalpan, San Atonio Cañada y Hermenegildo Galeana, entre otros.

En los lugares no considerados como indígenas, sólo podrán inscribirse los adultos mayores de 68 años de edad, aunque se respetará el apoyo para todos los que fueron afiliados en el gobierno anterior y actualmente, se encuentren entre los 65 y 67 años de edad.

Requisitos para inscribirse a la Pensión para Adultos Mayores

El documento refiere que el apoyo para los adultos mayores será de dos mil 550 pesos bimestrales y para inscribirse, los interesados deben presentarse con su identificación oficial (credencial para votar o del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores).

Además, deberán llevar consigo su Clave Única de Registro de Población (CURP) y comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a seis meses, y en caso de no tenerlo, se puede asistir con dos testigos que comparezcan bajo protesta de decir verdad.

Menciona que si es alguna persona previamente inscrita, deberá estar enlistada en el Padrón Activo de Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores al cierre de diciembre de 2018 y en caso de que un adulto mayor fallezca, se otorgará un “apoyo económico de pago de marcha por única ocasión”, de mil 275 pesos.

Los beneficiarios tendrán la obligación de proporcionar su información bajo protesta de decir verdad, atender personalmente las visitas domiciliarias que se les haga y si no se logra encontrarlos en más de dos ocasiones, deberán acudir ellos o su representante, a la oficina de representación correspondiente, avisar cambios de domicilio, tramitar una tarjeta bancaria básica y robos o extravíos de sus “medios de cobro”.

¿Por qué pueden suspender o quitar la Pensión para Adultos Mayores?

Agrega que quienes se ausenten de cobrar sus apoyos por dos ocasiones consecutivas o tengan registros duplicados, serán suspendidas temporalmente del programa y en el último caso, se le reincorporará al padrón de beneficiarios cuando se demuestre que la duplicidad no fue atribuible al beneficiario.

La baja definitiva dará paso por defunción, cuando se identifique a una persona que presentó documentos apócrifos para cumplir con los requisitos, cuando se compruebe que recibieron apoyos aún sin cumplir con las reglas de operación.

También por renuncia voluntaria a través de un escrito dirigido a la Oficina de Representación, que contenga fecha, nombre completo, folio de la persona beneficiaria, domicilio, nombre del municipio y localidad de residencia, motivo de la renuncia y firma o huella digital.

Guillermo Castillo

Tengo 11 años de experiencia periodística y sigo aprendiendo. He colaborado para Cómo?, ABC Radio, Milenio, Diario El Popular, Radio Oro, Urbano Puebla y MVS Noticias. Hoy dirijo En Vivo Mx. El camino andado sólo sirve para dar el siguiente paso.

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