NOM ordena a hospitales públicos interrumpir embarazos producto de violación

La NOM 046 establece que las víctimas de violación tienen derecho a acceder al aborto en cualquier institución de salud pública del país

Por mayoría de votos, pero con diversidad de argumentos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la Norma Oficial Mexicana (NOM) que establece el derecho de las víctimas de violación acceder a la interrupción del embarazo.

La NOM 046 establece que las víctimas de violación tienen derecho a acceder al aborto en cualquier institución de salud pública del país, mismas que deberán contar con médicos y enfermeras no objetores de conciencia, sin presentar su denuncia ante el Ministerio Público.

Según dicha norma, bastará que la víctima presente un escrito o manifieste bajo protesta de decir verdad que fue agredida sexualmente para que de esta forma tenga acceso a la interrupción legal del embarazo.

Al tener una mayoría de votos en contra, los proyectos del ministro Jorge Pardo fue desechado y retornado a un ministro de la mayoría para que elabore una propuesta con la conclusión general del pleno de la SCJN.

A %d blogueros les gusta esto: