Pide PAN reinstalar a Ministerios Públicos, Peritos y Policías

La propuesta del PAN para reinstalar a ministerios públicos, peritos y policías no fundamenta porqué beneficia al país.

Por: Verónica Ruiz Nava

Se promueve en el Senado una iniciativa de ley para reformar el segundo párrafo de la fracción XIII, apartado B, del artículo 123 constitucional por parte del Senador Marco Antonio Gama Basarte, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. A través de esta iniciativa se procura modificar la situación laboral en que desempeñan sus funciones Ministerios Públicos, Peritos y Policías del país.

Se busca revertir el actual 123 constitucional, promulgado en 2008. La iniciativa aprueba la reinstalación y el pago de salarios devengados de servidores públicos de instituciones policiales, de procuración de justicia y de aquellos que realizan funciones de investigación de los delitos, ya sea que laboren para la Federación, Entidades Federativas o Municipios, y en caso de que la separación de su cargo fuese injustificada.

La reforma en materia penal de 2008, actual ley, establece el candado por el cual Ministerios Públicos, Peritos y Policías Federales, Estatales y Municipales que no cumplan con los requisitos para ejercer el cargo o incurran en responsabilidad en el desempeño de sus funciones puedan ser removidos sin que en materia laboral puedan optar por la reinstalación en el puesto de trabajo, en el caso de que resultara de un despido injustificado. El 123 constitucional, solamente, les deja la oportunidad de solicitar la indemnización constitucional y demás prestaciones que resulten procedentes.

El sentido de la reforma de 2008 fue combatir la corrupción en las instituciones policiales y de procuración de justicia del país, evitar que elementos que hayan incurrido en violaciones a derechos humanos sigan engrosando las filas de las instituciones.

La nueva iniciativa de ley, presentada el 31 de octubre de 2018, en su exposición de motivos, no logra concretar porqué esta medida laboral beneficia al país, justamente, en el combate a la corrupción.

El proyecto de reforma constitucional carece de un diagnóstico que establezca la situación laboral de las Policías, Peritos y Ministerios Públicos del país, y que justifique que esta medida, por encima de otras, mejore sus actuales condiciones de trabajo.

En materia laboral, ya sea que el trabajador forme parte del apartado A o del apartado B del artículo 123 constitucional, no obliga que empresa o institución alguna esté obligada a reinstalar a un trabajador con fundamento en la estabilidad en el empleo.

Para todos los empleadores del país, separar, remover, cesar, dar de baja o cualquier otra forma de terminación de la relación laboral de un trabajador de forma justificada establece la obligatoriedad del pago de una indemnización constitucional y de todas las prestaciones que se le adeuden; completa, al 100%.

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Verónica Ruiz Nava

Abogada experta en derechos humanos y derecho constitucional. Imparto conferencias y soy trotamundos poblana.

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